El empleado
Usted probablemente es un empleado si:
- debe asistir al trabajo con regularidad,
- su empleador debe proporcionarle horario o trabajo regulares,
- por el trabajo realizado percibe una remuneración,
- usted mismo es el que debe realizar el trabajo, es decir, no se le permite pedir a un amigo o familiar que lo haga por usted,
- no puede negarse el trabajo o ir a trabajar,
- su empleador decide que usted cómo, cuándo y dónde trabaja,
- su empleador, aparte de su salario, paga también los impuestos y las cotizaciones a la seguridad social,
- su empleador le suministra herramienta, equipo, instalaciones, uniforme etc.,
- usted dispone de un contrato de trabajo escrito.
Nota: Si estos criterios no se le aplican, puede que usted sea "autónomo" o "trabajador cedido u ocasional". Si usted tiene dudas acerca de su estatus laboral, diríjase por ayuda a un representante sindical.
Los derechos de los empleados
Todos los empleados tienen derecho a:
- percibir por lo menos el salario mínimo nacional,
- protección contra las retenciones y deducciones ilegales del salario,
- vacaciones anuales retribuidas,
- período mínimo de pausa y descanso prescrito por la ley,
- protección contra los accidentes de trabajo,
- no trabajar más de 48 horas semanales de promedio,
- protección contra la discriminación ilegal,
- protección en caso de denuncia, o sea, denunciar actos ilegales que tienen lugar en el centro de trabajo,
- no ser discriminado por trabajar a tiempo parcial,
- afiliarse a un sindicato,
- estar representado en casos disciplinarios y procedimientos de quejas y agravios,
- percibir prestación legal por enfermedad,
- protección laboral a las mujeres embarazadas,
- acceder a la licencia de maternidad (descanso y prestación económica),
- plazo mínimo de preaviso en caso de que su empleo se termine - por ejemplo, si el empleador le despide,
- protección contra el despido improcedente,
- solicitar horario de trabajo flexible,
- licencia por emergencias personales,
- indemnización por despido.
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